María Cristina Ñanco Huichicoy, mujer Mapuche Lafkenche, luchando por la tierra de su familia
El año 2018, M. Pía Montaner interpuso una demanda civil de precario contra la señora Ma. Cristina Ñanco Huichicoy, de 78 años de edad, mapuche-lafkenche, poseedora ancestral del territorio dentro del sector Peche en Los Pellines, Valdivia. Quien cuenta con título de merced, el cual fue rematado en el año 1983, quedando en manos de Ma. Pía Montaner.
Durante todo el proceso judicial puede evidenciarse la desidia del juez y el actuar malintencionado de la parte demandante, sobre todo por haber permitido Y POR HABERSE APROVECHADO DE LA INDEFENSIÓN DE LA SEÑORA Ma. Cristina, quien no tuvo en los hechos, defensa jurídica oportuna por cuanto nunca fue derivada a la Corporación de Asistencia Judicial. Todo ciudadano tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado. La ley arbitrará los medios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a quienes no puedan procurárselos por si mismos.
De lo anterior se desprende que durante el proceso judicial se vulneraron importantes derechos fundamentales y humanos, los cuales se supone, están especialmente protegidos y garantizados en la Constitución Política de la República, en diversas normas internas y en variados tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, tales como; la integridad física y psíquica; Artículo 19 Nro 1, acceso a defensa jurídica; Artículo 19 Nro. 3 Inciso segundo y tercero, un debido proceso; Artículo 19 Nro. 3 inciso quinto, al respeto a la vida privada y la honra; Artículo 19 Nro. 4.
A pesar de la evidente vulneración de derechos fundamentales, el proceso siguió su curso sin que el juez, Nibaldo Cabezas, del II Juzgado Civil de Valdivia, quien conociendo del proceso, en ningún momento tomó alguna medida encaminada a proteger los derechos de una persona en situación de vulnerabilidad, por su condición de adulta-mayor, con una salud deteriorada, que no sabe leer ni escribir, que es mujer mapuche, campesina, que está a cargo del cuidado de un hijo con diversidad funcional, que recibe una pensión que apenas le alcanza para subsistir y que vive en un sector aislado y con escasa movilización hacia la ciudad.
Orden Judicial de desalojo en curso contra la propietaria de la tierra
Como no podría haber sido de otra manera, el resultado del proceso concluye con una sentencia nefasta para la demandada, a quien acarrea graves consecuencias, al fallarse, el inmueble donde habita efectivamente la señora Ma. Cristina es de dominio de Ma. Pía Montaner, resolviendo ello sin haber escuchado a la parte demandada, sin haber recibido prueba de ningún tipo, sin respetar el principio de contrariedad de todo proceso, en fin, sin que se haya asegurado ni en lo más básico un debido proceso.
Luego de la dictación de la sentencia y vencidos los plazos para recurrir, fue expedida la orden de desalojo, la cual se llevaría a cabo el día 23 de septiembre y que no ha sido ejecutada por encontrarse pendiente una resolución del tribunal que está conociendo de un recurso de aclaración.
Esta situación ha generado un dolor profundo a la señora Cristina, experimentando un deterioro importante en su salud y en su estado anímico, puesto que la tierra que habita es el lugar donde nació y ha vivido siempre, donde viven sus parientes, siendo la tierra donde además vivieron sus padres y ancestros.
Las demandas judiciales como método de despojo de tierras
No es sorpresa que los tribunales amparen, con toda la fuerza de la ley y la violencia, las demandas y denuncias interpuestas contra las familias mapuche que pertenecen a la tierra de la cual se les pretende despojar y separar. Ahora le toca el turno a Ma. Pía Montaner, quien amparándose en la detentación de un título de dominio, quien señala haber adquirido el dominio de la tierra en un remate el año 1983, periodo a saber, en que el avance usurpador de las tierras mapuche fue legitimado por el dictador Augusto Pinochet.
Quien a través de la dictación de decretos y otros instrumentos jurídicos, dio carta abierta a particulares y empresas privadas para adquirir tierras mapuche por medio de remates, pero también por medio de estafas, falsificación de documentos, etc., periodo en el cual la invasión de particulares y empresas se extrema, siendo el principal objetivo del acaparamiento y la usurpación, para intervenir y destruir los bosques nativos, explotar la tierra, construir edificaciones que solo puede llevarse a cabo mediante la devastación, la falta de respeto hacia las comunidades que siempre han vivido ahí, de manera tranquila y respetuosa con la naturaleza, dejar sin hábitat a muchas especies animales, desapareciendo diversas especies por no tener donde vivir y cómo alimentarse; la amenaza real de muchas personas que pertenecen a estos territorios por derecho ancestral, a quienes se les intenta dejar sin sus tierras, por medio de la interposición de diversas acciones judiciales, y la directa vulneración del derecho ancestral de permanecer en las tierras que fueron de sus padres, abuelos y demás familia ancestral, al ser desalojados a través de recursos judiciales autorizados por los tribunales de justicia y amparado por toda la institucionalidad del Estado.
Rechazo al desalojo
Habiéndose desarrollado un proceso judicial irregular y arbitrario, lo que corresponde es que la orden de desalojo contra la señora Ma. Cristina Ñanco, sea paralizada y todo lo obrado nuevamente revisado, puesto que el territorio que posee ancestralmente la señora Ma. Cristina Ñanco, cuenta con título de merced, el cual debe tomarse en cuenta, es decir debe realizarse al respecto un juicio de lato conocimiento que permita probar que ella y su familia son los legítimos dueños de dichas tierras, además de todas las acciones que permitan proteger sus derechos.
¿Qué acciones se pueden iniciar ante el inminente desalojo?
La solidaridad de las organizaciones del sector y de las comunidades mapuche que viven en el territorio, es fundamental, pues ello permitiría transformar un problema que se quiere mostrar públicamente como conflicto entre privados, en uno nacional, que ha perjudicado y sigue afectando a mucha gente que ha perdido la posesión de sus tierras por las usurpaciones y pérdidas de tierras a las que han sido sometidas las familias y comunidades mapuche en los distintos territorios, avalada por el Estado y sus instituciones y por distintos gobiernos, agravándose la situación de usurpaciones y pérdidas de tierras desde la dictadura de Pinochet.
Existe un total acuerdo en expulsar a la señora Montaner del territorio y para eso se ocuparán todas las vías judiciales que permitan llevarlo a cabo, por lo mismo es sumamente importante que todas las personas que, al igual que la Sra Ma Cristina, se están viendo afectadas por este caso se sumen a la demanda colectiva que será presentada ante organismos nacionales e internacionales.
Los acaparamientos de tierras teñidos de sangre y asesinatos: usurpación y engaño como método de despojo
Los siglos XIX, XX Y XXI son los periodos en que se fue exacerbando el avance indiscriminado de usurpación y pérdida de tierras de los pueblos y comunidades ancestrales. En un comienzo caracterizado por graves hechos de violencia y crímenes horrorosos contra las comunidades y su gente.
Ya a fines del siglo XIX, el periodo de expansión latifundista había cumplido su etapa más agresiva y con ella se había logrado la consolidación legal de la propiedad particular formada a base de tierras mapuche. Estas disposiciones no impugnaron la constitución de la propiedad particular formada con anterioridad a 1893, ello a pesar de los numerosos vicios de nulidad y de la forma fraudulenta de la constitución de los Títulos de Dominio. Tampoco las restricciones a la enajenación fueron UN impedimento para los usurpadores de tierras, quienes siguieron adquiriendo acciones y derechos después de 1893…. método incesante que toda actividad después de esa fecha, no obstante la prohibición establecida para adquirir terrenos de indigenas.
Acaparamiento de tierras por los particulares, y hoy también por las empresas inmobiliarias y forestales, estuvieron y siguen estando amparados en la fuerza, en las leyes, en los tribunales y en el poder local.
Los métodos de despojo de tierras a fines del siglo XIX y principios del Siglo XX estuvieron acompañados de la violencia anti-mapuche, violencia destinada a desalojar de las tierras a las familias que las habitaban, método al que procedían los particulares luego de adquirir “títulos” constituidos fraudulentamente, o bien como medio para despejar terrenos con el fin de impedir, después del año 1900, el trabajo de la Comisión Radicadora en la provincia de Valdivia.
Para alcanzar su objetivo, los particulares ocuparon diversos mecanismos de expulsión, siendo los preferidos la violencia directa y las demandas judiciales.
En distintas reducciones, los perseguidores para arrebatar los terrenos mapuche incendian casas, ranchos, sementeras; sacaban de las viviendas por la fuerza a los moradores de ella, los arrojaban a los montes y enseguida les prendían fuego, hasta que muchos perecían o quemados vivos, o muertos por el frío o de hambre. Jamás en país alguno podrá imaginarse que esto se ha hecho un sinnúmero de veces, vanagloriándose individuo en la actualidad de haber incendiado siete veces el rancho de una pobre familia. Y esto ocurría aquí, en la costa valdiviana.
Pero no solo fueron utilizados métodos de violencia directa para el despojo y usurpación de tierras, sino que también se ensayaron otros basados en montajes, chantajes y engaños. Dicha vía de usurpación consistía principalmente en hacer a los mapuche víctima de acusaciones infundadas que muchas veces se tramaron con el objeto de quitarles sus terrenos.
Del mismo modo, se mantenía a principios del siglo XX la costumbre denunciada ya en 1832, 1833 y 1834, por el Intendente de Valdivia de despojar a los Mapuche Williche con el uso de la fuerza pública proveída discrecionalmente por los jueces locales para favorecer a los particulares en contra de los williches, los que generalmente se ven amenazados con desposeimientos y atropellos sin más razón que la fuerza y el abatimiento y pobreza a la que se tiene reducido al mapuche. Estos funcionarios del Estado han sido culpables en los despojos de que se ha hecho víctima a los mapuche de este territorio desde fines del siglo XIX hasta el día de hoy.
En la actualidad, el mayor peligro son las empresas inmobiliarias y forestales, que poco a poco han ido instalándose en territorio mapuche-lafkenche, cuyas nefastas consecuencias medioambientales saltan a simple vista.
Muchos son los involucrados para que ocurra esto. Incluso aparentes autoridades tradicionales que sirven de traidores… el winka se sirve de yanaconas aún