El caso judicial de usurpación de tierras en contra de la Sra. Nancy Henríquez de Los Alerzales, La Unión (Parque Alerce Costero)

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El 24 de marzo de 2016 doña Nancy Henríquez Vivanco, campesina jubilada con una larga historia familiar al cuidado del los alerzales, inició los trámites de regularización en Bienes Nacionales del terreno en el que ha tenido posesión material histórica y pacífica en el sector Los Alerzales de la Comuna de La Unión, en el km 45 de la ruta T-800. El terreno en cuestión es una hijuela de aproximadamente 90 hectáreas que sobró luego de la partición del antiguo fundo “Gualligüape, Pucagüimo, Las Quemas o Cordillera Nueva” a mediados de la década de 1920. Tomando en cuenta la posesión de sus padres, Sr. Aníbal Henríquez San Martín (q.e.p.d.) y Sra. Rufina Vivanco Rubilar (q.e.p.d.) y hermanos, ha ejercido su posesión material tranquila e ininterrumpida desde 1949 (ver figuras 1 y 2 en anexo). Este terreno está ubicado al norte del denominado fundo Raulintal y frente a la actual entrada al Parque Nacional Alerce Costero (ver figura 1 en anexo).

Durante el proceso de saneamiento, y con fecha 3 de Octubre de 2016, el actual notario de la 2° notaría de Puerto Montt Felipe Ricardo San Martín Schroder y su asociado José Rogelio Vistoso Cantillana, interpusieron una “oposición preventiva” al saneamiento. El primero es uno de los propietarios del vecino fundo Raulintal de 2000 hectáreas y el segundo es el actual Secretario Técnico del Consejo de Desarrollo Costero comunas de Corral y La Unión, administrador del fundo Raulintal y especulador inmobiliario y turístico en el borde costero. En forma insistente e irregular junto con Denny Jaramillo Márquez, pareja de Vistoso y abogada del Centro de Apoyo a Víctimas de delitos Violentos de La Unión, influenciaron el proceso administrativo, haciendo que el 22 de diciembre de 2017 Bienes Nacionales rechace el saneamiento mediante un informe técnico irregular por un contratista que inexplicablemente desconoció la amplia evidencia de posesión histórica que vio en terreno y además sin considerar la cartografía oficial aportada, el título de dominio vigente del terreno, ni la solicitud de visita a terreno hecha por la Sra. Nancy Henríquez y acordada por la oficina para corregir la irregularidad del informe técnico.

Habiendo logrado influenciar el curso normal del proceso de saneamiento ante Bienes Nacionales, el 31 de Mayo de 2017, el notario Felipe Ricardo San Martín Schroder como representante de la Sociedad Agrícola Pichipehuén Limitada Rut No. 79.551.820-7, de propiedad mayoritaria de su padre el notario de la 43 Notaría de Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola, quien es además el notario de la oficina nacional de CONAF Santiago, interpuso a través de dos abogados (Denny Jaramillo Márquez y Luis Bartch Schneider) una demanda de precario con costas en contra de la Sra. Nancy Henríquez ante el Primer Juzgado de Garantía y Letras de La Unión (Causa civil C-388-2017). En su sentencia del 8 de Octubre de 2018, este Juzgado rechazó la demanda en contra de la Sra. Nancy Henríquez y afirma lo siguiente.

“…no se ha probado [por parte de la Sociedad Agrícola demandante] la ocupación exigida por la ley. En este sentido, debe tenerse presente que el inmueble cuya propiedad argumenta la demandante se ubica en un sector rural cordillerano y ninguno de los testigos dio cuenta de tener conocimientos técnicos que permitan precisar si el inmueble ocupado por la demandada se encuentra o no dentro de los límites del predio inscrito a nombre de la demandante; a lo cual cabe agregar que tampoco la SEREMI de bienes nacionales ha declarado que el inmueble ocupado por la demandada sea de propiedad de la demandante.”

Posteriormente, a través de un tercer abogado (Carlos Roldan Mena), los notarios San Martín apelaron ante la Corte de Apelaciones de Valdivia (Causa civil-773-2018), la que después de evaluar toda la evidencia y peritajes aportados por las partes y con fecha 25 de Abril de 2019 confirmó unánimemente la sentencia del Juzgado de La Unión a favor de la Sra. Nancy Henríquez. Finalmente, a través de un cuarto abogado y familiar (Andrés Erbetta Mattig), los notarios San Martín apelaron ante la Corte Suprema en Santiago (Causa 13845-2019), la cual el 10 de febrero de 2020 revirtió las dos sentencias anteriores de las cortes Regionales mediante un fallo con evidentes vicios y en contra de toda la realidad histórica y cartográfica (figuras en anexo), demostrando claramente como el poder judicial de altas esferas es abusado por las redes de parentescos y contactos de las familias de notarios, como se ha denunciado a la opinión pública recientemente.

El caso permaneció inactivo desde el fallo de la Corte Suprema en 2020 debido al estado de excepción durante la pandemia COVID-19. Mientras tanto la Sra. Nancy Henríquez buscó infructuosamente apoyo legal, pero no logró encontrarlo. El 9 de abril de 2021, la familia de notarios San Martín interpuso un recurso para agilizar el desalojo con fuerza pública durante la condición de pandemia. Actualmente, la Sra. Nancy está agotando las últimas instancias legales para defenderse de la injusticia y abuso de poder del que sigue siendo victima, con evidentes perjuicios para su salud y bienestar. Se ha intentado establecer diálogo para llegar a una solución pacífica, pero los notarios con su actitud por sobre la justicia siguen maltratado la dignidad de la familia Henríquez y no están dispuestos a escuchar ni entender. Si el injusto e indigno desalojo es ejecutado, habrán consecuencias inciertas para el territorio que perdurarán por mucho tiempo porque la numerosa familia Henríquez y todas las comunidades del territorio no aceptarán esta injusticia tan evidente a estas alturas del siglo XXI.

El contexto del caso de usurpación de tierras

Luego de la inauguración del Parque Nacional Alerce Costero en 2012 se inició una transformación territorial descontrolada en torno al Parque, con una ola de adquisición de tierras para desarrollo inmobiliario y turístico que está amenazando la integridad de las comunidades rurales, el patrimonio cultural y el Parque mismo. En esencia, San Martín y Vistoso buscan desplazar hacia el norte el límite del predio Raulintal para así apoderarse de la pampa frente al Parque Nacional Alerce Costero (ver mapa en anexo) debido a su ubicación estratégica para sus fines de inversión turística encubierta de conservación, pero donde ha habitado la familia Henríquez desde antes de la creación del Parque. Nunca antes la familia Henríquez-Vivanco había tenido problemas limítrofes. Los anteriores propietarios del fundo Raulintal (Ulloa, Peña y De la Maza) siempre reconocieron la ubicación correcta de los límites de su predio, siguiendo los mapas prediales oficiales que muestran claramente que el terreno en disputa no pertenece al fundo Raulintal. Los San Martín adquirieron Raulintal en un remate recién el año 2013, estratégicamente un año después de que se declare el Parque Nacional Alerce Costero, lo que muestra que llegaron al sector gracias a su conexión directa con CONAF en Santiago.

En este proceso, San Martín y Vistoso echaron mano a sus influencias a todo nivel a través de su red de contactos en las instituciones (particularmente CONAF, Bienes Nacionales y Municipalidad de La Unión), recurriendo además al uso sistemático de malas prácticas con la comunidad y ejerciendo su influencia e intereses económicos ligados al turismo y desarrollo inmobiliario sobre la actual dirigencia (matrimonio Monsalve-Cadagán) de la Junta de Vecinos del Alerce Costero. Luego de oponerse férreamente a la creación de esta Junta de Vecinos en 2016 mediante un oficio a la Contraloría General de la República, como consta en la carpeta de esta organización en la Municipalidad de La Unión, y luego de un cambio de directiva ellos están ahora tramitando una “donación” de un retazo de terreno para la sede de esta organización12, mostrando como operan para dividir a la comunidad y luego usar la organización para su imagen pública.

San Martín y Vistoso no sólo operan en torno a Raulintal, sino que también lo hacen en el borde costero de Corral y Hueicolla. Ambos son miembros del órgano publico-privado llamado Consejo de Desarrollo Costero de las comunas de Corral y La Unión, del cual Vistoso es secretario Técnico y en la práctica el principal representante del directorio, a pesar de haber sido despedido con anterioridad en la Municipalidad de Corral. Mediante este órgano, Vistoso y San Martín se benefician del acceso a información privilegiada sobre la cartera de proyectos del estado en el borde costero e influencian decisiones respecto de estos proyectos de inversión y de saneamiento de tierras de acuerdo a su conveniencia. Recientemente han adquirido varios terrenos en el borde costero de Corral, valiéndose de su acceso a información privilegiada de futuros proyectos de obras públicas y de un programa de saneamiento de tierras a cargo del mismo Vistoso. Vistoso además administra un Derecho Real de Conservación en Raulintal, el cual lo usa para captar fondos públicos y financiar inversiones en turismo. Esto muestra claramente que existe un claro conflicto de interés de Vistoso al sostener este derecho real de conservación y al mismo tiempo dirigir el Consejo de Desarrollo Costero de las comunas de Corral y La Unión que justamente busca potenciar el desarrollo turístico de la zona a través de proyectos de inversión publico-privada.

La larga historia de la familia Henríquez-Vivanco en el sector y su aporte a la conservación de la naturaleza son ampliamente documentados y conocidos en la Región. El padre de la Sra. Nancy, Don Aníbal Henríquez, fue el descubridor del Alerce Milenario y primer guardaparque del entonces Parque Nacional Los Alerzales Carlos Skottsberg y del Monumento Natural Alerce Costero, hoy en día parte del “Parque Nacional Alerce Costero”. El fallo de la Corte Suprema representa una gran injusticia para una familia honesta y de esfuerzo así como también para la historia de nuestra Región. Una injusticia tan evidente como esta, sin duda desencadenará un problema territorial de mayor envergadura.

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